Concejo Municipal

Ordenanza Nº 3211

Donación de Fracción de Terreno en el Cementerio Municipal, al CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE ESPERANZA.-

ARTICULO 1º: Art. 1) -DISPÓNESE la DONACIÓN al CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONA DOS DE ESPERANZA, fundado el 7-4-62, con Personería Jurídica N· 6328 y domicilio legal en 106- Castelli 1029 de Esperanza, de una fracción de terreno en el Cementerio Municipal, de 2,20 m de frente por 4 m de fondo, ubicada en la Sección IV, con frente a la calle 1, lindando tanto al este como al oeste con canteros, al Norte con terreno Municipal y al Sur con Calle 1.

ARTICULO 2º: Art. 2) -Sobre el terreno donado, la donataria deberá erigir un monolito en homenaje y recordación a jubilados y pensionados fallecidos, en un plazo no mayor de 1 (un) año a contar de la sanción de la presente.

ARTICULO 3º: Art. 3) -Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

FIRMANTES :

GUIBERT RENE CARLOS ( Presidente del concejo deliberante. )

ESPERANZA, 6 de Agosto de 1998


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