Concejo Municipal

Ordenanza Nº 3900

Servicios básicos de atención en violencia hacia la mujer.-

ARTICULO 1º: Art.1).-DETERMÍNASE como servicios básicos de atención en violencia hacia la mujer la existencia de: *Línea telefónica gratuita. *Atención Interdisciplinaria. *Albergue de protección. *Campañas de difusión y concientización sobre problemática.

ARTICULO 2º: Art. 2).-PUBLÍQUESE de modo permanente en diferentes medios de difusión: (Boletín Municipal, Radiodifusión): ATENCIÓN MUJER, TÚ NECESITAS SABERLO: Ante situaciones de violencia de género que padezcas vos, una amiga, vecina, familiar, puedes dirigirte a: 1.- Línea telefónica 911- Línea disponible ante situaciones de URGENCIA Y EMERGENCIA 2.- Unidad Regional XI (Sección de Violencia Familiar y Sexual): Tel: 03496/422925 3.- Equipo Técnico del Área de Políticas de Género de la Municipalidad: Tel: 03496/ 420009, interno 232. 4.- ONG HOGAR MI REFUGIO: Tel. fijo: 03496/410022- Tel. Cel: 03496-15417161 5.- Línea Telefónica 144: Línea nacional y gratuita a fin de obtener asesoramiento y contención.

ARTICULO 3º: Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

FIRMANTES :

CAMMISI CRISTIAN RICARDO ( Presidente del concejo deliberante. )

ESPERANZA, 15 de Septiembre de 2016


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