Concejo Municipal

Ordenanza Nº 3258

Dispone entrega de vigas o ramas extraidas del arbolado público a la Escuela de Educación Técnica Nº 455, al Taller de Tallado de Madera del Liceo Municipal y Talleres de Educación Manual.-

VISTO :

Que no existe normativa alguna que especifique el destino de los árboles que se extraen de la vía pública, y

CONSIDERANDO :

Que ante condiciones climáticas adversas añosas especies son derribadas por fuertes vientos.
Que por su tamaño otras deben ser extraídas de la vía pública por el peligro que entrañan.
Que la mayoría de los árboles son de gran porte, siendo sus troncos y ramas importantes perfectamente utilizables en carpintería por la calidad de su madera, si las mismas son aserradas en tablas o tablones.
Que existen en la ciudad varios talleres de educación manual que dictan cursos de carpintería, donde dicha materia prima pudiera ser utilizada.
Que asimismo debe tenerse en cuenta que muchos de los alumnos de los citados talleres no poseen los recursos necesarios como para adquirir el material necesario para realizar sus trabajos.
Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley Nº 2756 es atribución del Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.

ARTICULO 1º: Art. 1).-DISPÓNESE que todas las vigas como así también las ramas de gran porte que provengan de las especies arbóreas ubicadas en las calles, veredas, paseos, parques, plazas, etc., que tengan que ser extraídas, deberán ser aserradas y entregadas a la Escuela de Educación Técnica Nº 455, al Taller de Tallado de Madera dependiente del Liceo Municipal "José Pedroni" y a los Talleres de Educación Manual de la ciudad a fin de dar un aprovechamiento a su madera.

ARTICULO 2º: Art. 2).-Los Establecimientos Educacionales deberán solicitar por escrito, el material al Departamento Ejecutivo Municipal.

ARTICULO 3º: Art. 3).-Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

FIRMANTES :

CATENA CARLOS ANTONIO ( Presidente del concejo deliberante. )

ESPERANZA, 4 de Mayo de 2000


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