
Concejo Municipal
Ordenanza Nº 3425
Donación de Fracción de Terreno a Superior Gobierno de la Provincia - Direccion Provincial de Vivienda y Urbanismo.-
ARTICULO 1º: Art. 1).- TRANSFIÉRESE en DONACIÓN al SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo, la FRACCIÓN de terreno que se detalla, de propiedad de la Municipalidad de Esperanza, cuya ubicación, medidas, superficie y linderos se describen a continuación:
Concesión 41 Este - Manzana K
Norte: 69,40 m y linda con calle 92- Brasil
Sur: 69,40 m y linda con calle 94- Perú
Este: 75,58 m y linda con calle 141- A. Storni
Oeste: 75,58 m y linda con calle 139- A. Tabernig
Superficie: 5.245,25 m2
El inmueble corresponde a la Municipalidad de Esperanza por donación efectuada por la Confederación Evangélica Bautista y aceptada por Decreto Nº 1737/74 y Ordenanza Nº 1947/74. Escritura N° 68, inscripta bajo el N° 7805, Folio 397, Tomo 185 Impar del 02-04-76.
ARTICULO 2º: Art. 2).- La mencionada transferencia se efectúa con el cargo de que en el término de tres años a contar de la publicación de la presente, el Superior Gobierno de la Provincia, a través de sus organismos competentes, disponga el inicio de la construcción de un Plan Habitacional en el marco del "Plan Federal para la Construcción de 120.000 Viviendas" o cualquier otro con financiación de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo.
ARTICULO 3º: Art. 3).-OTÓRGASE a la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO la inmediata posesión del inmueble donado.
ARTICULO 4º: Art. 4).- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Esperanza a suscribir las respectivas escrituras traslativas del dominio, con costos exclusivos a cargo de la donataria.
ARTICULO 5º: Art. 5).-Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
FIRMANTES :