Ordenanza Nº 2505
Modifica art. 1º de la Ord. Nº 2467/83
ARTICULO 1º: Art. 1º).-Agrégase al art. 1º de la Ord. Nº 2467/83 lo siguiente: "Exceptuase de esta disposición durante la temporada estival a los comercios que expenden comestibles (bares, confiterías, comedores, heladerías, etc.) usando el sistema de mesas y sillas en la vereda, quienes podrán hacerlo diariamente entre las 0 hs. y las 6 hs., pero evitando provocar acumulaciones de aguas y/o residuos en la vía pública y los ruidos molestos.
ARTICULO 2º: Art. 2º).-Las sanciones a aplicarse, en caso de infracción, serán las mismas que preven las disposiciones legales vigentes al momento de detectarse la infracción. Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Deroga por : Ordenanza Nº 2909
FIRMANTES :
MACIEL LUIS EDGARDO ( Presidente del concejo deliberante. ) |
ESPERANZA, 2 de Febrero de 1984